No escriturar es riesgoso, puesto que los contratos privados o poderes, no son soluciones reales.
La escritura es el documento que comprueba que eres el propietario del inmueble, si todo está en regla le facilita la venta o si es una herencia permite transmitir el inmueble sin ningún problema.
Además, su escritura evita posibles fraudes, recuerde que el Código Civil establece como regla general, que la transmisión de la propiedad, debe hacerse mediante una escritura pública ante notario.
¿CÓMO SE ESCRITURA?
Para obtener este documento, únicamente tiene que acudir con un notario, quien se encargará de solicitar un certificado como respaldo legal, notificar al RPP, retener y pagar los impuestos locales y federales a las autoridades correspondientes, mientras prepara la documentación y redacción de las escrituras, e inscribir la propiedad ante el RPP y expedir la escritura.
Los documentos que debe presentar ante el notario para escriturar son:
·Título de propiedad.
·Boletas de predial y agua, de los últimos 5 años.
·Identificaciones oficiales tanto del vendedor, como del comprador; de estar casado, se debe acompañar también del acta de matrimonio.
·En la adquisición de un departamento o casa en condominio, se necesita la copia del régimen de propiedad en condominio, así como una constancia de no adeudos, emitida por el administrador del condominio.
·Si está haciendo su trámite a través de un crédito hipotecario, el banco es el que le asigna al notario.
¿CUÁNTO CUESTA?
El costo total está entre 4% y 12% sobre el valor de la propiedad, y no es fijo, pero depende de cada estado de la República Mexicana.
Los gastos incluyen la matriculación ante el RPP; los impuestos por la compra, conocidos como Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI); y los honorarios del notario.
El proceso tarda entre dos y tres semanas, pero, por muy largo que parezca, con la escritura tendrá seguridad legal sobre su propiedad, y le servirá para protegerla ante cualquier eventualidad.